Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 05/01 de 2026
Ley N°21.561 y sus efectos en las jornadas bisemanales de trabajo
Qué resolvió
1. La reducción de la jornada máxima semanal prevista por la ley N°21.561 es aplicable a los trabajadores sujetos a un régimen de jornada bisemanal de trabajo. 2. A partir del 26.04.2024 la jornada máxima ordinario que se puede laborar en un régimen de jornada bisemanal es de 88 horas, desde el 26.04.2026 será de 84 horas y a contar del 26.04.2028 de 80 horas, distribuidas en todos los casos hasta en 12 días.
Datos del documento
| Número | 05/01 |
|---|---|
| Fecha | 5 de enero de 2026 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 7 Boric (22-26) |