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Dictamen 1022/94 de 2000

17 de marzo de 2000 · Estatutos especiales

Estatuto de salud; Asignación Art. 42 Inciso Final; Ley Nº19.378

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El derecho a percibir la asig­nación contemplada por el in­ciso final del artículo 42 de la ley 19.378, no puede condi­cionarse a la exigencia de completar ninguno de los topes de duración de una o más acti­vidades de postgrado, porque esta última circunstancia sólo constituye el referente para determinar el monto porcentual de esa asignación.

Número1022/94
Fecha17 de marzo de 2000
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)