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Dictamen 1059/53 de 2004

11 de marzo de 2004 · Sindical/colectivo

Negociación Colectiva. Extensión de Beneficios. Aporte Sindical. Monto.

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Deniega solicitud de reconsideración de dictámenes Nºs. 3479/110, de 17.08.2003 y 4672/193, de 05.11.2003, en cuanto en ellos se concluye que los trabajadores de que se trata están obligados a cotizar a favor de la organización sindical el aporte del 75% de la cotización ordinaria mensual, previsto en el artículo 346 del Código del Trabajo, según el valor que ésta hubiere tenido al momento de la presentación del…

Número1059/53
Fecha11 de marzo de 2004
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo2 Lagos (00-06)

Este dictamen reconsideracion rechazada por 3479/110 (2003-08-17).