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Dictamen 1119/45 de 1995

13 de febrero de 1995 · Otros

Dirección del Trabajo Certificado contratistas.

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No resulta jurídicamente procedente centralizar la emisión de los certificados a que se refiere el artículo 43 del D.F.L. Nº 2, de 1967, Orgánico de la Dirección del Trabajo.

Número1119/45
Fecha13 de febrero de 1995
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)