Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1157/52 de 1995
Contrato individual Empleador. Empresa Concepto. Organizaciones sindicales Sindicato de empresa Afiliación.
Qué resolvió
No resulta jurídicamente procedente considerar que Servicios Empresariales S.A., Distribuidora Automotriz de Chile S.A. y Compañía Distribuidora Industrial S.A. constituyen una sola empresa para efectos de organizaciones sindicales, por lo que los trabajadores que laboran para las dos primeras no pueden afiliarse al sindicato constituído en la última.
Datos del documento
| Número | 1157/52 |
|---|---|
| Fecha | 14 de febrero de 1995 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |