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Dictamen 1176/59 de 2002

11 de abril de 2002 · Término/despido/finiquito

Ley 19.715; Término de contrato; Oportunidad; Indemnización legal por años de servicio; Prórroga de contrato; Procedencia

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1) El término de la relación laboral en conformidad al plan especial de jubilación previsto en el artículo 3º transitorio de la ley 19.715, debe operar una vez que esté totalmente tramitado y notificado el profesional de la educación del otorgamiento del beneficio previsional correspondiente y el empleador pague o ponga a su disposición el total de la indemnización que le corresponda en virtud del citado precepto…

Número1176/59
Fecha11 de abril de 2002
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)