Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1189/26 de 2007
Empresas de Servicios Transitorios. Concepto. Alcance.
Qué resolvió
Las actividades de selección, formación y capacitación de trabajadores, y otras afines a la gestión de recursos humanos efectuados por agencias o empresas de empleo no constituidas como empresas de servicios transitorios, y que no implican en caso alguno la puesta a disposición de trabajadores, no constituye una vulneración al contenido de la norma del artículo 183-L del Código del Trabajo.
Datos del documento
| Número | 1189/26 |
|---|---|
| Fecha | 29 de marzo de 2007 |
| Eje doctrinario | Subcontratación |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |