Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1214/56 de 1997
Organizaciones sindicales; Permiso sindical; Sistema excepcional de distribución de jornada y descanso
Qué resolvió
Los Directores Sindicales que prestan sus Servicios en faenas sujetas a un sistema excepcional de distribución de la jornada de trabajo y de los descansos, tienen derecho a gozar de los permisos sindicales en la forma y oportunidad que establece el artículo 249 y siguiente del Código del Trabajo.
Datos del documento
| Número | 1214/56 |
|---|---|
| Fecha | 11 de marzo de 1997 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |