Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1228/62 de 1999
Remuneraciones; Descuentos; Inasistencia; Personal docente
Qué resolvió
1) No resulta jurídicamente procedente descontar remuneración por los días sábados, domingos y festivos comprendidos dentro del período de paralización de actividades del personal docente, respecto de aquellos profesionales de la educación afectos a un sistema de remuneración mensual y a una jornada de trabajo distribuida de lunes a viernes.
Datos del documento
| Número | 1228/62 |
|---|---|
| Fecha | 8 de marzo de 1999 |
| Eje doctrinario | Remuneración |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |