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Dictamen 1229/63 de 1999

8 de marzo de 1999 · Sindical/colectivo

Organizaciones sindicales; Delegado sindical; Número

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No resulta jurídicamente procedente que en Pesquera El Golfo S.A. se proceda a la designación de un delegado sindical para la pesca de cerco y otro para la pesca de arrastre , sin perjuicio de la elección de uno solo para ambas artes de pesca, en conformidad a lo prevenido en el artículo 243 del Código del Trabajo.

Número1229/63
Fecha8 de marzo de 1999
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)