Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1268/71 de 1999
Organizaciones sindicales; Sindicato de empresa; Afiliación; Contrato individual; Existencia
Qué resolvió
1) No resulta procedente que los trabajadores de las Empresas; Coelsa Computación y Electrónica S.A.; Industrial y Comercial Mellafe y Salas Ltda.; y otras se afilien al Sindicato de Trabajadores constituido en la Empresa Servicios Administrativos M y S Ltda., SAMS Ltda . 2) Los trabajadores contratados por la Empresa SAMS Ltda., detentan efectivamente la calidad de trabajadores dependientes de dicha Empresa.
Datos del documento
| Número | 1268/71 |
|---|---|
| Fecha | 9 de marzo de 1999 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |