Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1277/63 de 2004
Trabajador Portuario. Garantías. Constitución.
Qué resolvió
No existe inconveniente jurídico para que un tercero constituya las garantías que el decreto Nº 90, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, exige a las empresas de muellaje, a favor de la Inspección del Trabajo respectiva, para resguardar el fiel cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales.
Datos del documento
| Número | 1277/63 |
|---|---|
| Fecha | 26 de marzo de 2004 |
| Eje doctrinario | Trabajadores especiales |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |