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Dictamen 13/6 de 2004

5 de enero de 2004 · Término/despido/finiquito

1) Terminación contrato individual. Causales. Plazo de Preaviso. Procedencia. 2) Feriado. Compensación. Procedencia. 3) Finiquito. Ratificación.

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1) El empleador que invoca como causal de terminación de la relación laboral la contenida en el Nº 5 del artículo 159 del Código del Trabajo, no se encuentra obligado a dar el aviso correspondiente con treinta días de anticipación. 2) Cualquiera que sea la causa del despido o de término del contrato del trabajador, procede el pago o compensación del feriado a que tenía derecho a la fecha de la conclusión de los…

Número13/6
Fecha5 de enero de 2004
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)