Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 137/8 de 1996
Jornada de trabajo; Sistema excepcional de distribución y descanso
Qué resolvió
Deniega autorización para mantener el sistema excepcional de distribución de la jornada de trabajo y de los descansos que utiliza actualmente respecto del personal de operadoras telefónicas, consistente en laborar 12 días continuos, con 2 días de descanso y con una jornada de 8 horas diarias. Niega lugar a reconsideración del oficio de instrucciones Nº 95-0613, de fecha 20.10.95, del fiscalizador Sr. Ernesto Morales.
Datos del documento
| Número | 137/8 |
|---|---|
| Fecha | 8 de enero de 1996 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |
Doctrina posterior
Este dictamen reconsideracion rechazada por 95-0613 (1995-10-20).