Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1389/7 de 2020
Trabajo a Distancia y Teletrabajo
Qué resolvió
1. En conformidad a la Ley N°21.220, las partes de un contrato de trabajo, al iniciarse la relación laboral o con posterioridad, podrán acordar la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, la que se sujetará a las reglas del Capítulo IX, del Título II del Libro I del Código del Trabajo, las que se detallan en el presente informe. 2.
Datos del documento
| Número | 1389/7 |
|---|---|
| Fecha | 8 de abril de 2020 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 6 Piñera II (18-22) |