Generado con IA por Unholster

Dictamen 1389/7 de 2020

8 de abril de 2020 · Otros

Trabajo a Distancia y Teletrabajo

Ver el documento en la DT

1. En conformidad a la Ley N°21.220, las partes de un contrato de trabajo, al iniciarse la relación laboral o con posterioridad, podrán acordar la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, la que se sujetará a las reglas del Capítulo IX, del Título II del Libro I del Código del Trabajo, las que se detallan en el presente informe. 2.

Número1389/7
Fecha8 de abril de 2020
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo6 Piñera II (18-22)