Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1421/69 de 2001
Organización sindical; Directores; Cambio de Funciones; Reemplazo; Requisitos
Qué resolvió
1.- Según lo dispuesto en el artículo 248, del Código del Trabajo, no existe inconveniente legal alguno para reemplazar más de un director que muere, se incapacita, renuncia o por cualquier causa deja de tener la calidad de tal, siempre que concurran los requisitos señalados en el presente oficio.
Datos del documento
| Número | 1421/69 |
|---|---|
| Fecha | 16 de abril de 2001 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Sindicatos |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |