Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1427/120 de 2000
Estatuto Docente; Licencia Médica; Feriado legal
Qué resolvió
Los profesionales de la educación regidos por el artículo 41 de la ley 19.070, sujetos a licencia médica al inicio del período de interrupción de las actividades escolares o durante su transcurso, deberán continuar haciendo uso de su feriado sin posibilidad de suspenderlo o trasladarlo a una época distinta de la interrupción.
Datos del documento
| Número | 1427/120 |
|---|---|
| Fecha | 10 de abril de 2000 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |