Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1451/36 de 2017
Ley N°20.940; Régimen transitorio para calificar servicios mínimos; Calificación de común acuerdo; Formalidades; Oportunidad;
Qué resolvió
1) La circunstancia que el legislador no haya regulado el procedimiento al que deben sujetarse las partes para calificar de común acuerdo los servicios mínimos y equipos de emergencia cuando se trate de negociaciones que deban iniciarse dentro de los seis meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley N° 20.940, no obsta a estimar pertinente que la propuesta que haga el empleador en tal sentido sea formulada…
Datos del documento
| Número | 1451/36 |
|---|---|
| Fecha | 3 de abril de 2017 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 5 Bachelet II (14-18) |