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Dictamen 1470/70 de 2001

18 de abril de 2001 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento Colectivo; Instrumento Colectivo; Legalidad de Cláusula

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No procede legalmente que se pacte en párrafo 5° de cláusu­la tercera de contrato colec­tivo suscrito entre empresa Eulen Chile S.A.W.M.I. y el Sindicato de Trabajadores con­stituido en ella, que el empleador se reserva la facul­tad de modificar las remunera­ciones para adecuarlas a valo­res fijados por la autori­dad, o por cambios en la eco­nomía.

Número1470/70
Fecha18 de abril de 2001
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)