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Dictamen 1509/84 de 2002

15 de mayo de 2002 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Derecho a Negociar; Extensión de Beneficios; Aporte Sindical; Procedencia

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No resulta jurídicamente procedente que don Leif Mortenson Méndez dependiente de la empresa ENERSIS S.A. continúe cotizando el aporte previsto en el artículo 346 del Código del Trabajo a partir del mes de noviembre del año 2000.

Número1509/84
Fecha15 de mayo de 2002
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)