Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1533/87 de 1999
Feriado proporcional; Computo; Indemnización; Pago anticipado; Procedencia
Qué resolvió
1) Las indemnizaciones que por concepto de feriado proporcional corresponde percibir al trabajador a cuyo contrato se ha puesto término antes de completar el año de servicio que da derecho a feriado, deben comprender además de los días hábiles, los días sábados, domingos y festivos que hubieren incidido en todo el período que abarque el descanso indemnizado.
Datos del documento
| Número | 1533/87 |
|---|---|
| Fecha | 23 de marzo de 1999 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |