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Dictamen 1588/130 de 2000

14 de abril de 2000 · Sindical/colectivo

Competencia Dirección del trabajo; Organización sindical; Actividades lucrativas

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1)No existe impedimento legal alguno para que una Federación y las organizaciones sindica­les base constituyan una so­ciedad anónima cerrada, en la medida que la actividad esté contemplada en los estatutos respectivos y se cumpla con las disposiciones que en mate­ria de patrimonio sindical contienen los incisos 1º y 2º del artículo 259 del Código del Trabajo.

Número1588/130
Fecha14 de abril de 2000
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)