Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1594/98 de 2002
Negociación Colectiva; Derecho a Negociar; Extensión de Beneficios; Aporte Sindical; Procedencia
Qué resolvió
1)Los trabajadores que se desafilien de un sindicato constituido en la Compañía Minera Disputada de Las Condes S.A., con posterioridad a la negociación colectiva de que fueron parte, deben continuar cotizando a favor de dicho sindicato, el setenta y cinco por ciento del valor de la cuota ordinaria sindical, durante toda la vigencia del convenio colectivo único suscrito por aquél y la referida empresa y los pactos…
Datos del documento
| Número | 1594/98 |
|---|---|
| Fecha | 24 de mayo de 2002 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |