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Dictamen 1622/78 de 2001

3 de mayo de 2001 · Procedimiento/competencia

Indeminzación legal por años de servicio; Ley Nº19.715; Procedencia

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Los profesionales de la educa­ción del sector municipal ju­bilados en el antiguo régimen previsional que actualmente, se encuentran afiliados al nuevo sistema de pensiones del Decreto Ley Nº 3.500 y que están en condiciones de pen­sionarse por vejez en este último, les asiste el derecho a percibir la indemnización por años de servicio prevista en el artículo 3º transitorio de la Ley Nº 19.715.

Número1622/78
Fecha3 de mayo de 2001
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)