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Dictamen 1653/25 de 2006

18 de abril de 2006 · Estatutos especiales

Estatuto Docente. Colegio Particular Subvencionado. Jornada de Trabajo. Duración. Modificación.

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El sostenedor de un colegio particular subvencionado conforme al D.F.L. Nº2, de 1998, de Educación, no se encuentra facultado para modificar en forma unilateral o por su sola voluntad la duración de la jornada de trabajo pactada con el docente en el contrato de trabajo, cualquiera sea la causa invocada por el mismo, sin perjuicio de que en virtud del principio de la autonomía de la voluntad se pueda acordar reducir…

Número1653/25
Fecha18 de abril de 2006
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo2 Lagos (00-06)