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Dictamen 1657/81 de 2001

8 de mayo de 2001 · Estatutos especiales

Colegios Particulares Subvencionados; Corporaciones Municipales; Contrataciones Sucesivas; Terminación Contrato; Plazo Fijo; Aviso; Procedencia

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1) Las contrataciones sucesi­vas de un profesional de la educa­ción por parte de una Corpora­ción Municipal, median­do entre cada una de ellas el corres­pondien­te finiquito, no pueden ser consideradas como una rela­ción laboral única de ca­rácter in­definido.

Número1657/81
Fecha8 de mayo de 2001
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)