Generado con IA por Unholster

Dictamen 1667/65 de 1995

13 de marzo de 1995 · Jornada/tiempo

Feriado Colegios técnico profesionales.

Ver el documento en la DT

Los docentes que se desempeñan en establecimientos de educación técnico-profesional administrados por corporaciones privadas sin fines de lucro, en conformidad al decreto ley Nº 3166, de 1980, tienen derecho a impetrar el beneficio de feriado anual en los términos previstos en el artículo 74 del Código del Trabajo.

Número1667/65
Fecha13 de marzo de 1995
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)