Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1672/70 de 1995
Horas extraordinarias Empresa Ferrocarriles del Estado Imponibilidad. Remuneraciones Calificación de beneficios Imponibilidad.
Qué resolvió
1) Las remuneraciones que perciben los trabajadores de la Empresa de los Ferrocarriles de Estado por concepto de horas extraordinarias, son imponibles. 2) Las instrucciones Nº 13.13.94-96 de 15.03.94 impartidas a dicha Empresa por el fiscalizador Sr. Manuel Eduardo Díaz V. de la Inspección Provincial del Trabajo del Maipo, se encuentran ajustadas a derecho.
Datos del documento
| Número | 1672/70 |
|---|---|
| Fecha | 13 de marzo de 1995 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |