Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1674/28 de 2006
Negociación Colectiva. Últimas proposiciones de las partes. Oportunidad. Arbitraje Obligatorio.
Qué resolvió
No resulta procedente complementar la jurisprudencia contenida en el ordinario Nº2532/092, de 5 de mayo de 1992, sin perjuicio de reiterar que el tiempo jurí- dicamente vinculante para que las partes involucradas en un proceso de negociación colectiva sujeto a arbitraje obligatorio, deban entregar sus últimas proposiciones es aquél periodo en el que se desarrollan las conversacio- nes dirigidas a obtener…
Datos del documento
| Número | 1674/28 |
|---|---|
| Fecha | 21 de abril de 2006 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |