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Dictamen 1751/75 de 1995

20 de marzo de 1995 · Procedimiento/competencia

Unidad de mejoramiento profesional Monto complementario Procedencia.

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A los profesionales de la educación contratados o recontratados por una Corporación Municipal, a plazo fijo o en reemplazo de titulares, con posterioridad al 30 de octubre de 1993, les asiste a derecho al beneficio complementario que contempla el artículo 3º de la ley Nº 19.278, en la medida que cumplan con las exigencias que el referido precepto establece para su pago.

Número1751/75
Fecha20 de marzo de 1995
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)