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Dictamen 1781/71 de 1996

21 de marzo de 1996 · Sindical/colectivo

Dirección del trabajo; Competencia; Instrumento colectivo; Validez

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La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre la validez de la cláusula 4.3.9 del convenio colectivo de trabajo de fecha 11.10.94, vigente en la Empresa Codelco Chile, División el Teniente, correspondiéndole el conocimiento de dicha materia a los Tribunales de Justicia.

Número1781/71
Fecha21 de marzo de 1996
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)