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Dictamen 1782/94 de 1997

8 de abril de 1997 · Jornada/tiempo

Feriado; Remuneración; Beneficios que se incluyen

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La empresa Nacional del Petróleo se encuentra obligada a pagar durante el feriado anual de sus trabajadores de equipos sísmicos, aparte de la remuneración íntegra, el bono " al personal de " equipos sísmicos", convenido en contrato colectivo vigente con el Sindicato de dicha empresa.

Número1782/94
Fecha8 de abril de 1997
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)