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Dictamen 1786/98 de 1997

8 de abril de 1997 · Remuneración

Cláusula tácita; Remuneraciones

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Los trabajadores que se desempeñan en la planta de harina de Industria Pesquera Itata S.A., durante el período comprendido entre el 5 de noviembre y el 14 de diciembre de 1995, en el que se paralizó las labores en forma programada a fin de realizar trabajos de ampliación de las instalaciones, deben ser remunerados con su sueldo base.

Número1786/98
Fecha8 de abril de 1997
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)