Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1807/12 de 2020
Suspensión Temporal Contrato de Trabajo; Covid 19; Trabajador excluido limitación de Jornada; Reducción Temporal de Jornada de Trabajo
Qué resolvió
Resulta jurídicamente procedente que el trabajador excluido de la limitación de jornada conforme al inciso 22 del Código del Trabajo, modifique de común acuerdo con su empleador, el contrato de trabajo que los une, fijando una jornada laboral determinada para efectos de celebrar el pacto de reducción temporal de jornada de trabajo que prevé la ley N°21.227.
Datos del documento
| Número | 1807/12 |
|---|---|
| Fecha | 8 de junio de 2020 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 6 Piñera II (18-22) |