Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1813/149 de 2000
Estatuto Docente; Colegios Particulares subvencionados; Ley Nº19.648; Titularidad
Qué resolvió
1) Para el cómputo de la antigüedad requerida para acceder al beneficio de la titularidad previsto en la Ley Nº 19.648, deben considerarse únicamente los servicios prestados en calidad de contratado, a contar del 01.07.91. 2) La expresión años que se consigna en el artículo único de la Ley Nº 19.648, debe entenderse referida a un período de doce meses, cualquiera sea el día en que el mismo se inicie.
Datos del documento
| Número | 1813/149 |
|---|---|
| Fecha | 8 de mayo de 2000 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |