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Dictamen 1861/101 de 1997

14 de abril de 1997 · Jornada/tiempo

Contrato individual; Legalidad de cláusula; Naturaleza de los servicios; Contrato individual; Legalidad de cláusula; Horas extraordinarias

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No se ajustan a derecho las cláusulas Nº 1 y 3 de los contratos de trabajo suscritos entre la empresa Caffarena S.A. y sus trabajadores que prestan servicios de aseo, en cuanto, facultan al empleador respectivamente para modificar unilateralmente la prestación de servicios, y para exigir horas extraordinarias, incluso en domingos y festivos.

Número1861/101
Fecha14 de abril de 1997
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)