Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1869/38 de 2007
Estatuto de Salud. Extensión horaria. Vigencia Ley Nº20.157. Remuneración.
Qué resolvió
El personal de salud primaria municipal dependiente de la Corporación Municipal de Rancagua, que en sus contratos de trabajo vigentes tiene jornada de 8 a 17 horas diarias, debe considerarse como extraordinaria la antigua "extensión horaria" que cumple de 17 a 20 horas, a partir de la entrada en vigencia de la ley 20.157, la que debió y deberá pagarse con el recargo legal o con descanso compensatorio, en su caso.
Datos del documento
| Número | 1869/38 |
|---|---|
| Fecha | 16 de mayo de 2007 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |