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Dictamen 1882/46 de 2003

15 de mayo de 2003 · Contrato indiv./relación

Dirección del Trabajo. Competencia. Relación Laboral Extinguida.

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Los Servicios del Trabajo están facultados para conocer y resolver los reclamos de trabajadores derivados de una relación laboral extinguida, de instruir el pago de prestaciones adeudadas, de aplicar las sanciones administrativas por infracciones laborales o previsionales que se detecten, en todos los casos en que no se verifique controversia en cuanto a la existencia misma del derecho que se reclama, evento este…

Número1882/46
Fecha15 de mayo de 2003
Eje doctrinarioContrato indiv./relación
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo2 Lagos (00-06)