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Dictamen 1889/87 de 2001

23 de mayo de 2001 · Estatutos especiales

Estatuto de Salud; Contrato de Trabajo; Modificaciones; Dirigente; Asociación Funcionarios; Jornada de Trabajo

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1) La carga horaria semanal del personal regido por la ley 19.378, sólo puede modificarse durante la fijación de la do­tación, cada año antes del 30 de septiembre del año prece­dente respectivo. 2) El traslado de localidad y el cambio de funciones de un dirigente de asociación de funcionarios, requiere de la autorización del dirigente afectado.

Número1889/87
Fecha23 de mayo de 2001
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)