Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1901/114 de 2002
Organización Sindical; Directores; Cambio de Funciones; Directorio; Censura
Qué resolvió
A contar del 1 de diciembre de 2001, fecha de publicación de la Ley 19.759, debe considerarse derogado tácitamente el inciso 2º del artículo 244 del Código del Trabajo, que exige a los trabajadores una antigüedad de afiliación no inferior a noventa días para participar en la votación de censura del directorio de la organización sindical respectiva, salvo que ésta tenga una existencia menor.
Datos del documento
| Número | 1901/114 |
|---|---|
| Fecha | 19 de junio de 2002 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |