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Dictamen 1905/113 de 1999

9 de abril de 1999 · Jornada/tiempo

Horas extraordinarias; Base de cálculo

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El bono de producción que perciben los trabajadores que laboran para Comercial El Remanso S.A., debe incluirse para calcular el sobresueldo de dichos dependientes. El bono de sábados y domingo que perciben los mismos trabajadores, por el contrario, no debe considerarse para tales efectos. Reconsidera dictamen Nº 3.933-285, de 24.08.98, en el sentido indicado precedentemente.

Número1905/113
Fecha9 de abril de 1999
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)