Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1907/91 de 1995
Registro de asistencia Ubicación.
Qué resolvió
Resulta jurídicamente procedente que el empleador ubique el sistema de registro para controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo de su personal, en el lugar específico en que éstos desarrollan sus funciones.
Datos del documento
| Número | 1907/91 |
|---|---|
| Fecha | 24 de marzo de 1995 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |