Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 191/14 de 2001
Competencia Dirección del Trabajo; Terminación Contrato Individual; Calificación; Causales; Colegios Particulares Subvencionados; Jornada de Trabajo; Duración.
Qué resolvió
1) El empleador no se encuentra facultado para modificar unilateralmente o por su sola voluntad la duración de la jornada de trabajo de los profesionales de la educación pactada en sus contratos de trabajo, aún cuando invoque para ello nuevos planes o programas de estudio.
Datos del documento
| Número | 191/14 |
|---|---|
| Fecha | 11 de enero de 2001 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |