Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1914/26 de 2011
Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios. Legalidad de cláusula. Indemnización por feriado.
Qué resolvió
1) El contrato de trabajo de los trabajadores transitorios está sujeto a las normas generales previstas por el Código del Trabajo, con las particularidades establecidas en el Párrafo 2º del Título VII del Libro I del Código del Trabajo. Por el contrario, aquellos trabajadores de la EST que no estén contratados al amparo de las normas del referido Párrafo 2º para ser puestos a disposición de empresas usuarias, sino…
Datos del documento
| Número | 1914/26 |
|---|---|
| Fecha | 3 de mayo de 2011 |
| Eje doctrinario | Subcontratación |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 4 Piñera I (10-14) |