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Dictamen 1942/89 de 2001

29 de mayo de 2001 · Previsión/cotizaciones

Facultades de Administración; Cláusula Tácita; Suspensión de Funciones; Procedencia

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No procede que la empresa Uni­dad Coronaria Móvil Ltda. sus­penda unilateralmente de fun­ciones con descuento de remu­neración a aquellos dependien­tes que se enferman y con ello puedan poner en riesgo de con­tagio a los pacientes que les corresponda atender, aún cuan­do ello se base en una certi­ficación médica, que no sea una licencia médica propiamen­te.

Número1942/89
Fecha29 de mayo de 2001
Eje doctrinarioPrevisión/cotizaciones
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)