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Dictamen 1985/95 de 2001

29 de mayo de 2001 · Estatutos especiales

Estatuto de Salud; Feriado; Fraccionamiento; Jubilación; Efectos; Terminación de Contrato; Salud Incompatible o Irrecuperable; Formalidades; Permisos;

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1) Los funcionarios regidos por la ley 19.378, pueden ha­cer uso del remanente de 5 días de su feriado legal por el total, o de manera fraccio­nada. 2) Los mismos funcionarios que se desem­peñan en los Servicios de Ur­gencia de Atención Prima­ria de Salud Municipal (SAPU), tienen derecho para hacer uso de los permisos que contempla el artículo 17 de la ley 1­9.378, en los días domingo y festivos que formen parte de…

Número1985/95
Fecha29 de mayo de 2001
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)