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Dictamen 1986/96 de 2001

29 de mayo de 2001 · Sindical/colectivo

Negociación Colectiva; Adherentes; Partes; Calificación

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Los trabajadores que participan como adherentes en un proceso de negociación colectiva, tienen la calidad de parte en el respectivo proceso y, de este modo, gozan de todos los derechos y obligaciones de los trabajadores afiliados a la organización sindical, incluyendo la prerrogativa contenida en el inciso 2º del artículo 369 del Código del Trabajo.

Número1986/96
Fecha29 de mayo de 2001
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)