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Dictamen 2/2 de 1999

4 de enero de 1999 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación

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El Fondo de Salud y Sobrevivencia contenido en la cláusula décima, párrafo 4º, del Convenio Colectivo suscrito entre el Banco Santander Chile y su Sindicato Nacional de Trabajadores, de 1º de octubre de 1997, es una entidad propia de sus afiliados, trabajadores del Banco, distinto de la empresa y el sindicato, adscrito o afecto a una finalidad específica determinada en beneficio de todos sus afiliados.

Número2/2
Fecha4 de enero de 1999
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)