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Dictamen 2022/123 de 2002

1 de julio de 2002 · Jornada/tiempo

Jornada Bisemanal; Lugar Apartado de Centros Urbanos; Concepto

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Para los efectos de la aplicación del artículo 39 del Código del Trabajo, sobre jornada bisemanal, por lugares apartados de centros urbanos deberá entenderse aquellos distantes, alejados o remotos de ciudades, consideradas éstas en su sentido natural y obvio, como básicamente, un conjunto de edificios y calles dotadas de una población densa y numerosa.

Número2022/123
Fecha1 de julio de 2002
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo2 Lagos (00-06)