Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2025/130 de 1998
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación
Qué resolvió
El Colegio Santo Cura de Ars no se encuentra obligado a pagar por el trimestre mayo-junio-julio de 1997, el bono de productividad estipulado en la cláusula sexta del contrato colectivo suscrito con el Sindicato de Trabajadores de ese establecimiento, con vigencia hasta el 1º de julio de ese mismo año.
Datos del documento
| Número | 2025/130 |
|---|---|
| Fecha | 7 de mayo de 1998 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |